Baja California es la entidad número 19 en aprobar la tipificación de la violencia vicaria en México, con lo que se sancionará a los padres que utilicen a los hijos o dependientes económicos como medio para hacerle daño a la mujer. Este jueves se publicó en el Periódico Oficial del Estado.
El Congreso del Estado aprobó por unanimidad las reformas al Código Penal y a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para reconocer este delito. La cual incluye el tipo condenas del tipo penal de 6 meses, hasta 4 años a los padres que la ejerzan este tipo de violencia contra su cónyuge.
Además, esta legislación determina que la comisión de este delito se perseguirá de oficio y contempla sanciones como:
La suspensión o pérdida de la patria potestad a los agresores; el embargo de propiedades o sueldos; obligación alimentaria provisional e inmediata; restitución inmediata de los hijos menores de edad o personas dependientes a las mujeres víctimas de violencia vicaria; prohibición de ir a lugar determinado; y prohibición de ofender por cualquier medio a la víctima.
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“La violencia vicaria es toda acción u omisión intencional contra la mujer, usando como medios a las hijas e hijos, familia, personas dependientes para causar daño de cualquier tipo. La persona generadora de violencia será aquella con que la mujer mantenga o haya mantenido una relación de matrimonio, concubinato, parentesco por consanguinidad o afinidad, con o sin convivencia”, se le en la reforma aprobada por los legisladores locales.
También se prevé que a la víctima se le otorguen órdenes de protección. También incluye sanciones para las instituciones encargadas de proteger a las infancia y las mujeres.
¿Qué es la violencia vicaria?
Cabe recordar que en 2012, la sicóloga clínica y forense Sonia Vaccaro acuñó el término, que definió como “aquella violencia contra la mujer que ejerce el hombre violento, utilizando como objetos a las hijas o hijos para dañarlos”.