Es oficial: prohibir el consumo lúdico de cannabis en México es inconstitucional

La mañana del 15 de julio de 2021 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la sentencia de la Declaratoria General de Inconstitucionalidad 1/2018 relativa al consumo lúdico de cannabis en México.

La sentencia que declara que prohibir el consumo lúdico de cannabis es inconstitucional y una violación al desarrollo libre de personalidad entrará en vigor a partir de mañana.

¿Esto significa que ya puedo comprar, vender, consumir y sembrar marihuana? No.

Esta declaratoria general se limita únicamente a revocar los límites jurídicos respecto al consumo personal. Ya no será necesario un Juicio de Amparo para el consumo personal ni el cultivo en casa.

Foto de Kindel Media en Pexels

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Sin embargo, es necesario que quienes deseen consumir sean mayores de edad y soliciten ante la COFEPRIS la autorización para: adquisición, siembra, cultivo, cosecha, preparación, posesión o transporte de la planta.

Esta autorización precisa que el ejercicio del derecho a consumir cannabis con fines lúdicos no debe, en ningún momento, afectar a terceros. Es decir, el consumo no está aprobado en lugares públicos, frente a menores de edad, personas mayores o aquellos que no brindaron su consentimiento para ser expuestos a la sustancia.

El formulario para solicitar autorización se encuentra disponible para llenado de datos, entre estos: nombre, domicilio, datos de contacto y firma.

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